El Ministerio de Educación publicó el proyecto de reglamento
de Instituciones Educativas Privadas de Educación Básica (inicial, primaria y
secundaria) que tiene como objetivo luchar contra la informalidad.
La propuesta del Gobierno –que será discutida a través de
mesas técnicas en la que participarán los gremios que agrupan a los colegios
privados– unifica el reglamento para instituciones privadas emitida el 2006 y
el reglamento de infracciones y sanciones para colegios privados promulgado en
1998.
La propuesta indica, en primer lugar, las condiciones mínimas
que toda institución educativa privada deberá contar para garantizar
accesibilidad, seguridad, salubridad y calidad.
También señala las condiciones indispensables que debe
tener un colegio particular como la autorización de funcionamiento otorgada por
la autoridad competente del sector educación así como la licencia de
funcionamiento expedida por la municipalidad correspondiente.
Sobre este punto se precisa que será la Dirección General
de Educación (DGE) la responsable de evaluar la autorización de funcionamiento
para autorizarla o denegarla, previa inspección del local. Igualmente será esta
instancia la que evalúe y dé luz verde las autorizaciones para el traslado de
establecimientos educativos.
Asimismo se aclara algunos conceptos como –por ejemplo–
la cuota de ingreso. La propuesta de reglamento establece que el colegio podrá
cobrar la cuota de ingreso una sola vez durante toda la estadía del estudiante
en la institución educativa. En caso de reingreso, no se exigirá el pago de una
nueva cuota.
En tanto, establece que la matrícula no deberá exceder al
monto de una pensión mensual de enseñanza. El colegio tampoco podrá exigir un
pago adicional a la matrícula ni condicionar a los padres de familia la compra
de uniformes y/o materiales o útiles en los establecimientos señalados por el
centro educativo.
La propuesta del Minedu, señala también que el colegio no
podrá exigir el abono de una o más pensiones adelantadas, al menos que dichos
pagos sustituyan la cuota de ingreso ni podrá exigir el aumento de pensiones,
salvo que se haya comunicado antes de la matrícula.
Respecto a las cuotas extraordinarias, el reglamento
propone que deben estar relacionadas al servicio educativo y su autorización
tiene vigencia de un año lectivo. Una de las novedades que contiene la
propuesta es la eliminación de evaluaciones a los estudiantes como parte de su
proceso de admisión en el nivel inicial y en el primer grado de primaria.
REGLAMENTO DE INFRACCIONES
La propuesta del Minedu también contempla la imposición
de sanciones que serán aplicadas de acuerdo a la gravedad de la falta incurrida
por el centro educativo particular, las que irían desde una amonestación o
multa de 1 UIT (S/ 4,150) en caso de una infracción leve hasta las 100 UIT (S/
415,000) en caso de un hecho grave.
PRECISIONES SOBRE EL NUEVO REGLAMENTO
Esta iniciativa está en discusión y pendiente de
implementación. Te explicamos en siete puntos los cambios y puntos más
resaltantes de la medida:
1. Que los colegios tengan condiciones mínimas para
operar en temas de seguridad, accesibilidad, salubridad y calidad.
2. Que posean autorización para funcionar emitida por una
autoridad del sector educación y por la municipalidad respectiva.
3. Que el colegio cobre una cuota de ingreso por una vez
durante todo el período que el alumno permanezca. En caso de que se vaya y
vuelva a la institución, no habrá un nuevo cobro.
4. No se podrá cobrar un pago adicional en la matrícula.
5. Tampoco se deberá exigir la compra de materiales,
libros, útiles o uniformes en lugares señalados por el colegio.
6. No podrán pedir pensiones por adelantado (a menos que
sustituyan al costo de la cuota de ingreso) ni procederán aumentos de pensiones
a menos que se hayan comunicado antes de la matrícula.
7. La eliminación de exámenes de admisión a colegios para
niños que cursen el nivel inicial y el primer grado de primaria.
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