El Concejo Municipal de la Municipalidad del Cusco, aprobó la Ordenanza Municipal No. 011-2019-MPC, en la que regula el Otorgamiento de las Licencias de Funcionamiento, para los establecimientos comerciales en el distrito del Cusco; habiéndose modificado asimismo la Ordenanza No. 34-2017-MPC, que varía la escala de multas y sanciones (ESCAMUL) de la Municipalidad Provincial del Cusco aprobado mediante Ordenanza Municipal No. 039-2013-MP.
La Ordenanza Municipal que fue publicada oficialmente el pasado martes en El Diario del Cusco, tiene como objetivo establecer el marco normativo y técnico aplicable a los procedimientos administrativos que norman el otorgamiento de licencias: el funcionamiento, la labor de fiscalización y aplicación de sanciones a los establecimientos comerciales en sus distintas modalidades para el desarrollo de actividades comerciales, industriales y profesionales lucrativas o no lucrativas, con la finalidad de lograr el desarrollo económico y el crecimiento comercial ordenado del distrito del Cusco, el cual debe estar acorde con las necesidades de promoción empresarial, protección al vecino, priorizando el carácter de Ciudad Histórica, Patrimonio Cultural de la Humanidad, así como la preservación de la vida, salud e integridad física y moral de sus habitantes.
La Gerencia de Desarrollo Económico y Servicios Municipales de la Municipalidad Provincial del Cusco a través de la Subgerencia de Comercio, Industria y Artesanía, son los encargados de tramitar y otorgar las correspondientes licencias de funcionamiento, previo cumplimento de los requisitos exigidos por el TUO de la Ley 28976 Ley Marco de Licencias de Funcionamiento y el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad. En caso de inmuebles ubicados en el Centro Histórico de la ciudad del Cusco, se aplicará además, lo regulado en el Plan Maestro del Centro Histórico y su reglamento.
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