jueves, 6 de diciembre de 2018

IPYS rechaza defensa de los derechos de las mujeres indígenas andinas


La organización IPYS  (Instituto de Prensa y Sociedad), cuestiono el reciente fallo judicial emitido por el Primer Juzgado Mixto de Wanchaq que considera que el programa la Paisana Jacinta trasgrede varios derechos de las mujeres indígenas andinas como el derecho-principio de dignidad humana (artículo 1º Constitución), el derecho a la igualdad y a la no discriminación (artículo 2.2º Constitución) o el derecho al honor y a la buena reputación (artículo 2.7 de la Constitución), entre otros. Ipys en su pronunciamiento señala que la sentencia es un arbitrario control de contenidos por parte del Poder Judicial. Esta posición de seguro será utilizada por la defensa legal del referido programa que ha apelado la decisión judicial.

Recordemos que en colectivo de mujeres líderes de la provincia de Canchis, consiguió en su batalla legal en contra del canal Latina por la emisión del programa de televisión 'La Paisana Jacinta' la respuesta positiva del Poder Judicial.

Fue el Primer juzgado Mixto de Wanchaq que emitió su sentencia el pasado  lunes 26 de noviembre, mediante la Resolución N° 76 suscrito por la jueza Yanet Ofelia Paredes Salas que  declaró fundada la acción de amparo interpuesta por las cusqueñas Cecilia Paniura Medina, Rosa Supho Ccallo, Irenen Quispe Taboada y Rosalinda Torres Morante, en contra de la Compañía Latinoamericana de Radiodifusión S.A. (Canal 2).

La sentencia es emitida debido a que el juzgado considera que el mencionado programa trasgrede varios derechos de las mujeres indígenas andinas como el derecho-principio de dignidad humana (artículo 1º Constitución), el derecho a la igualdad y a la no discriminación (artículo 2.2º Constitución) o el derecho al honor y a la buena reputación (artículo 2.7 de la Constitución), entre otros.









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