domingo, 4 de agosto de 2019

Tribunal Constitucional ratifica que Contraloría no puede sancionar a funcionarios públicos


La Contraloría General de la República sostuvo que la aclaración del Tribunal Constitucional (TC) a una sentencia sobre la capacidad sancionadora de este organismo mantiene la imposibilidad de sancionar a funcionarios públicos que han incurrido en inconducta funcional.


Este hecho, indicó, representa un grave retroceso en la lucha contra la corrupción y un manto de impunidad que beneficia a más de 15 mil funcionarios y servidores públicos con presunta responsabilidad administrativa.


Beneficia, adicionalmente, a los funcionarios y servidores públicos que hasta el día de hoy han incurrido en infracciones administrativas, porque no podrán ser procesados ni sancionados por la Contraloría.


“Son más de 5,000 los funcionarios o servidores públicos que anualmente en promedio son identificados como presuntos responsables de infracciones administrativas, en nuestros Informes de Control”, advierte.


Se mantiene esa situación, según la Contraloría, porque la aclaración del TC a la referida sentencia no se pronunció sobre la imposibilidad práctica de procesar y sancionar a los funcionarios y servidores públicos que han incurrido en infracción administrativa antes y después del fallo.


“El TC no habría ponderado los efectos de dicha sentencia, por lo cual la Contraloría, a través de sus Órganos Instructores y Sancionadores, se ve limitada de iniciar Procedimientos Administrativos Sancionadores (PAS) a cualquier funcionario o servidor público por hechos ocurridos desde 2016 hasta la fecha”, afirma.


Los casos que no podrían ser sancionados serían las irregularidades en el Proyecto Especial Chavimochic, la adenda al Contrato de Concesión del Aeropuerto de Chinchero, las contrataciones de la Empresa Municipal de Servicio de Limpieza del Callao, la construcción de la Vía Costa Verde del Callao, entre otros.


Ante ello, la Contraloría pide al Congreso aprobar el proyecto de Ley N° 4267-2018-CG que tipifica las conductas infractoras en la función pública para procesar y sancionar las irregularidades funcionales que se realicen a partir de la entrada en vigencia de la norma.



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