lunes, 28 de enero de 2019

Poder Judicial señala que obras del hotel en calle Saphy pueden reiniciarse


El pasado sábado El Diario del Cusco dio cuenta de la decisión del Quinto Juzgado Civil de Cusco que  declaró improcedente una demanda de amparo contra la empresa Inmobiliaria R&G y funcionarios del Ministerio de Cultura, la Dirección Desconcentrada de Cultura y la municipalidad provincial del Cusco por el daño al patrimonio histórico y cultural durante la construcción del Hotel Four Points by Sheraton en 2015.
Pro lo que más llama la atención en el  fallo de la jueza Marianella Cárdenas Villanueva, es que determina la continuación de la obra respetando “en lo mas posible”, las normas de rigen los parámetros urbanísticos en el Centro Histórico, la decisión esta señala en el parte B de la resolución judicial.

LA PARTE RESOLUTIVA ES LA SIGUIENTE:
A) declarando improcedente la demanda de amparo interpuesta por la comisión de juristas, contra el Ministerio de Cultura representado por la ministra Diana Álvarez Calderón, el director de la Direccion  Desconcentrada de Cultura Daniel Maravi Centeno, el Gobierno Municipal del Cusco representado por el alcalde Carlos Moscoso Perea y la empresa Inmobiliaria R&G S.A.C en lo que se refiere a la afectación de los elementos arquitectónicos y arqueológicos, considerados bienes integrantes del patrimonio cultural de la Nación, encontrados en el proceso de construcción, al haberse convertido en irreparable la vulneración de derechos demandada.
B) Declarando fundada en parte la misma con relación a la afectación del patrimonio cultural de la nación en lo que se refiere al contexto y escala del Centro Histórico, en desmedro del paisaje (contexto urbano) del Centro Historio del Cusco, ello con relación a lo pendiente de construcción, que debe ser adecuada en lo mas posible a las normas correspondientes respecto a los parámetros urbanísticos previstos por dichas normas. Debiendo cesar así las autoridades demandadas su conducta contraria al deber de protección del patrimonio cultural de la Nación que les encomienda la Constitución. - sin perjuicio de que la administración deba continuar con los procedimientos iniciados y deba iniciar procedimientos correspondientes destinados a sancionar a los responsables de las afectaciones denunciadas.
LA DEMANDA
La Comisión de Juristas en su demanda señala en uno de sus principales puntos que,   los funcionarios aprobaron autorización y licencias de obra y ampliación del hotel contraviniendo los parámetros urbanísticos del Centro Histórico, específicamente en lo que se refiere a la altura máxima permitida en contravención a la protección del contexto y escala del Centro Histórico “en desmedro del paisaje de la zona.  Por lo que se solicita la restitución del patrimonio a su estado inicial, es decir se pide la demolición de lo “ilícitamente construido”.
Sobre este punto el análisis de la jueza es la siguiente:  “En efecto se han acreditado, que los funcionarios tanto de la Municipalidad Provincial, como de la Direccion Desconcentrada de Cultura han violentado su obligación de protección del patrimonio cultural de la Nación con la expedición de dichas licencias antes referidas, sin embargo la licencia de edificación otorga a quien la obtiene seguridad jurídica”. Para ello cita la Ley de Regulación de Habilitación Urbanas y de Edificaciones.
Asimismo, sobre la seguridad jurídica, la juez cita una de las sentencias del Tribunal Constitucional.
Por lo tanto se concluye que el proyecto cuenta con las licencias para construir, es decir todo lo construido hasta el momento se hizo en base a las licencias otorgadas, desconocerlas sería vulnerar la seguridad jurídica y se afectaría el derecho de propiedad de la administrada. Esto con relación a lo ya construido que se constituye en algo irreversible e irreparable.
En la segunda parte del fallo se dispone que la construcción pendiente del hotel pueda continuar siempre y cuando se respeten los parámetros urbanísticos previstos por normativas de protección al Patrimonio Cultural de la Nación.
CONTRALORIA REVISARA MULTAS ANULADAS POR MINISTERIO DE CULTURA
De otro lado la Contraloría iniciará el análisis y evaluación de los sustentos que fundamentan las dos resoluciones firmadas por el ministro de Cultura, Rogers Valencia, que anularon multas por más de 4 millones 500 mil soles a la empresa Inmobiliaria R&G 
Mediante esta acción, el órgano de control busca determinar si se cumplieron con las normas en el Ministerio de Cultura al emitir las resoluciones ministeriales 008 y 009-2019-MC, fechadas el 11 de enero reciente.
En 2017, por esa obra se sancionó con dos multas a la misma compañía por más de 4 millones 500 mil soles (Resolución Sub Directoral N° 048-2017 y N° 237-2017), la cual fue ratificada después por la Dirección Desconcentrada de Cultura del Cusco (Resolución Directoral N° 998-2018 DDC-CUS/MC y N°905-2018 DDC-CUS/MC).
Sin embargo, el 11 de enero último las resoluciones directorales con las medidas sancionatorias fueron anuladas por el Ministro de Cultura, Rogers Valencia, mediante dos resoluciones ministeriales que dejaron sin efecto el pago del millonario monto.









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