El pasado sábado El Diario del Cusco dio cuenta de la
decisión del Quinto Juzgado Civil de Cusco que
declaró improcedente una demanda de amparo contra la empresa
Inmobiliaria R&G y funcionarios del Ministerio de Cultura, la Dirección
Desconcentrada de Cultura y la municipalidad provincial del Cusco por el daño
al patrimonio histórico y cultural durante la construcción del Hotel Four
Points by Sheraton en 2015.
Pro lo que más llama la atención en el fallo de la jueza Marianella Cárdenas
Villanueva, es que determina la continuación de la obra respetando “en lo mas
posible”, las normas de rigen los parámetros urbanísticos en el Centro
Histórico, la decisión esta señala en el parte B de la resolución judicial.
LA PARTE RESOLUTIVA ES LA SIGUIENTE:
A) declarando improcedente la demanda de amparo
interpuesta por la comisión de juristas, contra el Ministerio de Cultura
representado por la ministra Diana Álvarez Calderón, el director de la
Direccion Desconcentrada de Cultura
Daniel Maravi Centeno, el Gobierno Municipal del Cusco representado por el
alcalde Carlos Moscoso Perea y la empresa Inmobiliaria R&G S.A.C en lo que
se refiere a la afectación de los elementos arquitectónicos y arqueológicos,
considerados bienes integrantes del patrimonio cultural de la Nación,
encontrados en el proceso de construcción, al haberse convertido en irreparable
la vulneración de derechos demandada.
B) Declarando fundada en parte la misma con relación a la
afectación del patrimonio cultural de la nación en lo que se refiere al
contexto y escala del Centro Histórico, en desmedro del paisaje (contexto
urbano) del Centro Historio del Cusco, ello con relación a lo pendiente de
construcción, que debe ser adecuada en lo mas posible a las normas
correspondientes respecto a los parámetros urbanísticos previstos por dichas
normas. Debiendo cesar así las autoridades demandadas su conducta contraria al
deber de protección del patrimonio cultural de la Nación que les encomienda la
Constitución. - sin perjuicio de que la administración deba continuar con los
procedimientos iniciados y deba iniciar procedimientos correspondientes
destinados a sancionar a los responsables de las afectaciones denunciadas.
LA DEMANDA
La Comisión de Juristas en su demanda señala en uno de
sus principales puntos que, los
funcionarios aprobaron autorización y licencias de obra y ampliación del hotel
contraviniendo los parámetros urbanísticos del Centro Histórico,
específicamente en lo que se refiere a la altura máxima permitida en
contravención a la protección del contexto y escala del Centro Histórico “en
desmedro del paisaje de la zona. Por lo
que se solicita la restitución del patrimonio a su estado inicial, es decir se
pide la demolición de lo “ilícitamente construido”.
Sobre este punto el análisis de la jueza es la
siguiente: “En efecto se han acreditado,
que los funcionarios tanto de la Municipalidad Provincial, como de la Direccion
Desconcentrada de Cultura han violentado su obligación de protección del
patrimonio cultural de la Nación con la expedición de dichas licencias antes
referidas, sin embargo la licencia de edificación otorga a quien la obtiene
seguridad jurídica”. Para ello cita la Ley de Regulación de Habilitación
Urbanas y de Edificaciones.
Asimismo, sobre la seguridad jurídica, la juez cita una
de las sentencias del Tribunal Constitucional.
Por lo tanto se concluye que el proyecto cuenta con las
licencias para construir, es decir todo lo construido hasta el momento se hizo
en base a las licencias otorgadas, desconocerlas sería vulnerar la seguridad
jurídica y se afectaría el derecho de propiedad de la administrada. Esto con
relación a lo ya construido que se constituye en algo irreversible e
irreparable.
En la segunda parte del fallo se dispone que la
construcción pendiente del hotel pueda continuar siempre y cuando se respeten
los parámetros urbanísticos previstos por normativas de protección al
Patrimonio Cultural de la Nación.
CONTRALORIA
REVISARA MULTAS ANULADAS POR MINISTERIO DE CULTURA
De otro lado la Contraloría iniciará el análisis y
evaluación de los sustentos que fundamentan las dos resoluciones firmadas por
el ministro de Cultura, Rogers Valencia, que anularon multas por más de 4
millones 500 mil soles a la empresa Inmobiliaria R&G
Mediante esta acción, el órgano de control busca
determinar si se cumplieron con las normas en el Ministerio de Cultura al
emitir las resoluciones ministeriales 008 y 009-2019-MC, fechadas el 11 de
enero reciente.
En 2017, por esa obra se sancionó con dos multas a la
misma compañía por más de 4 millones 500 mil soles (Resolución Sub Directoral
N° 048-2017 y N° 237-2017), la cual fue ratificada después por la Dirección
Desconcentrada de Cultura del Cusco (Resolución Directoral N° 998-2018 DDC-CUS/MC
y N°905-2018 DDC-CUS/MC).
Sin embargo, el 11 de enero último las resoluciones
directorales con las medidas sancionatorias fueron anuladas por el Ministro de
Cultura, Rogers Valencia, mediante dos resoluciones ministeriales que dejaron
sin efecto el pago del millonario monto.
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